Vigente.
A) Introducción:
El objetivo básico de este Plan de medidas antifraude en la gestión de fondos europeos es permitir al Ayuntamiento de Benahadux garantizar que los fondos correspondientes al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR) que va a gestionar y ejecutar se utilizan de conformidad con las normas aplicables a la prevención, la detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Para ello se documenta una estrategia dirigida a alcanzar un modelo de organización que integra los principios de responsabilidad, transparencia, optimización de recursos, cumplimiento, integridad y gestión por objetivos, así como su seguimiento y control, en el marco de la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre de 2021.
B) Plan de Medidas Antifraude:
CERTIFICADO DE ACUERDO DE PLENO DEL PLAN ANTIFRAUDE
C) Declaración Institucional:
DECLARACION INSTITUCIONAL SOBRE LUCHA CONTRA EL FRAUDE
D) Código de Conducta de los Empleados Públicos:
7.1 Medidas de Prevención:
B. Código de conducta.
El Ayuntamiento de Benahadux suscribe un código de conducta y principios éticos que deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento esperado ante posibles circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes compromisos de conducta:
• Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
• Uso adecuado de los recursos públicos.
• Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
• Transparencia y buen uso de la información.
• Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
• Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de Fondos.
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
E) Modelo Declaración Ausencia de Conflicto de Intereses:
ANEXO II: DECLARACION DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
F) Buzón de denuncias:
7.2 MEDIDAS DE DETECCIÓN:
C. Buzón de denuncias.
Se habilita un procedimiento específico para la denuncia de estas irregularidades, dentro del Sistema interno de información del Ayuntamiento, que facilita la comunicación de infracciones mediante enlace al Canal Infofraude del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), órgano encargado de coordinar las acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la Unión Europea contra el fraude en colaboración con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
A través de este canal de denuncia abierto, cualquier persona podrá notificar las sospechas de fraude y las presuntas irregularidades que pueda haber detectado y se le informará de que:
1. La denuncia será tenida en cuenta y les serán comunicados los resultados de las gestiones realizadas.
2. Se respetará la confidencialidad y la protección de datos personales.
3.No sufrirán represalia alguna, ni serán sancionados en el caso de que se trate de funcionarios públicos.